Los jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Héctor Fabián Fayos, María Laura Toledo Zamora, y Raúl Fernando López condenaron a un salteño de 55 años a la pena de catorce años de prisión efectiva, por ser autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravados por la guarda y la convivencia, y abuso sexual gravemente ultrajante agravados por la guarda y la convivencia; y tenencia de arma de fuego de guerra en concurso real.
El Tribunal ordenó su inmediata detención, y posterior traslado a la Unidad Carcelaria 3 de Orán. Una vez firme la sentencia, se realizará el correspondiente cómputo de pena y se remitirá copia del fallo condenatorio, junto con los datos personales del condenado a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA). También dispusieron la toma de muestra fotográfica, conforme lo dispone el protocolo de actuación judicial. Además, ordenaron la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscal (CIF), y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato único de identificación Genérica –DUIG- conforme la Ley 7.775 y su decreto reglamentario. Se oficiará a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) para la prosecución del trámite correspondiente. En el mismo fallo, los jueces absolvieron a la madre de la menor, de 51 años, del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por su condición de ascendiente, por el cual llegó acusada al juicio, ya que al momento de los alegatos la fiscalía y la querella retiraron su acusación. La denuncia fue radicada en el departamento Rivadavia Banda Sur en agosto de 2018 por la pareja del hombre. Expuso que, cuando regresó de su trabajo encontró a su hija acostada en la cama y al hombre saliendo de la habitación. La menor le contó que su padrastro la había manoseado. La mujer ya había notado un hecho similar. El padre de la menor ratificó la denuncia cuando tomó conocimiento que, luego de una clase de educación sexual en la escuela, la niña contó la situación a sus maestros. Nota: Se omitieron las identidades del autor y la víctima para preservar a la última y respetar el derecho a la intimidad y confidencialidad garantizados por la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.
