ARCA facturación electrónica: Con el objetivo de simplificar y agilizar los procedimientos, la ARCA ha implementado cambios en el régimen de emisión de comprobantes que incluyen una nueva liquidación electrónica mensual y actualizaciones en los requisitos para los contribuyentes.
ARCA facturación electrónica
Según publicó Minuto Uno, ARCA implementó cambios en el régimen de emisión de comprobantes con una nueva liquidación electrónica mensual y requisitos actualizados para los contribuyentes.
Modificaciones en el régimen de emisión de comprobantes
La ARCA ha anunciado cambios significativos en el régimen de emisión de comprobantes, con el objetivo de optimizar los procesos administrativos y facilitar su consulta y aplicación. Estas modificaciones fueron formalizadas a través de la Resolución General 5866/2026, que reemplaza disposiciones anteriores.
La nueva normativa afecta a una variedad de sujetos, incluyendo contribuyentes, entidades financieras, compañías de seguros, administradoras de tarjetas de crédito, instituciones educativas, empresas de medicina prepaga y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.
Novedades en la liquidación electrónica
Una de las principales novedades es la creación de la Liquidación electrónica mensual, que permite la emisión de comprobantes tanto por cada operación individual como de manera consolidada al cierre de cada mes. Los sujetos alcanzados podrán optar por emitir facturas por operaciones individuales o por período mensual, según lo elijan.
Es importante destacar que aquellos que opten por la liquidación electrónica mensual deberán conservar los registros y la documentación necesaria para identificar las operaciones incluidas en cada comprobante emitido.
Requisitos para comprobantes a consumidores finales
La normativa también introduce cambios en la información que debe consignarse en los comprobantes emitidos a consumidores finales. Si el monto de la operación es igual o superior a $10.000.000, el comprobante deberá incluir el DNI, CUIL o CDI del cliente. Para personas extranjeras, se aceptará el documento de identidad del país de origen o el pasaporte.
En operaciones por debajo de este importe, los campos correspondientes al apellido, nombre y domicilio podrán completarse con la sigla 'NR' de No Requerido o con ceros, siempre que el sistema de facturación o el controlador fiscal así lo exijan.
Estos cambios buscan facilitar la gestión de comprobantes y mejorar la experiencia de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
