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Juicio por la sustracción de una camioneta: Las partes realizaron sus alegatos de clausura

Juicio por la sustracción de una camioneta: Las partes realizaron sus alegatos de clausura

Juicio por la sustracción: La Fiscalía solicitó que los cuatro acusados sean declarados penalmente responsables y expuso las pruebas que, según sostuvo, acreditaron la intervención de cada uno. TLas defensas formularon sus pedidos y el juicio continuará este viernes con los alegatos de las otras dos causas acumuladas.

Juicio por la sustracción

La fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representa al Ministerio Público Fiscal en el juicio seguido contra Martín Miguel Poma Ovejero, Ramiro Mauricio Maldonado Blanque, César Eduardo Acosta y Julio Conte, en el marco de tres causas acumuladas. Dos de ellas tienen como único acusado a Poma Ovejero. El juicio es presidido por el juez Guillermo Pereyra.

Durante la décima jornada se realizaron los alegatos de clausura correspondientes a la causa vinculada con la sustracción de una camioneta Volkswagen Amarok que se encontraba bajo custodia en el Canchón Municipal.

La fiscal Salinas Odorisio sostuvo que la prueba producida durante el debate permitió reconstruir una secuencia que comenzó con el intento de impedir el traslado del vehículo dispuesto por personal de Tránsito, continuó con la presentación de documentación falsa para obtener su restitución y culminó con la sustracción de la camioneta del predio municipal.

Respecto del procedimiento ocurrido el 5 de enero, consideró que quedó acreditado que Poma Ovejero y Acosta impidieron el cumplimiento de la medida dispuesta por los inspectores de Tránsito. Según expuso, Acosta agredió e inmovilizó a uno de ellos, mientras Poma Ovejero aprovechó esa situación para darse a la fuga con la camioneta. Para sostenerlo, valoró las declaraciones de los inspectores y el video registrado durante el incidente. La fiscal readecuó este hecho como resistencia a la autoridad y retiró la acusación contra Maldonado Blanque al considerar que no se acreditó con la certeza requerida una conducta activa de su parte en ese episodio.

También sostuvo que quedó probado que el abogado dañó el Libro de Guardia de la dependencia policial luego de cuestionar el procedimiento de los efectivos y consideró el hecho como daño doblemente agravado, por haber sido cometido contra un bien público y como reacción frente a la actuación de los funcionarios.

Luego se refirió a los documentos que Poma Ovejero remitió digitalmente al Tribunal de Faltas para intentar obtener la restitución de la Amarok. Señaló que presentó un poder general para juicios que lo mostraba como apoderado de Uquía Viajes y Turismo y una cédula de identificación del vehículo. Explicó que la prueba permitió establecer que el poder había sido adulterado. La socia gerente de Uquía declaró durante el juicio que nunca había otorgado ese poder y, además, en el documento se presentaba a Marcos Levin como director de la empresa, pese a que se trata de una SRL y ese tipo societario no posee ese cargo. También señaló inconsistencias en la cédula del automotor. Para la Fiscalía, la remisión digital de ambos documentos al Tribunal fue suficiente para configurar dos hechos de falsificación de instrumento público, sin que fuera necesaria su presentación en soporte papel.

Finalmente, abordó la sustracción de la camioneta del Canchón Municipal. Respecto de Conte, sostuvo que, como retén, tenía a su cargo la custodia de los vehículos y había recibido una instrucción expresa de permitir que Poma Ovejero ingresara únicamente a observar la Amarok, sin moverla ni retirar las fajas. Recordó que las filmaciones muestran a Poma Ovejero ingresar a la oficina donde se encontraba Conte y, posteriormente, a este último observar la salida de la camioneta sin impedirla. También valoró la falta de registro de esa salida y las constancias efectuadas posteriormente. Con esos elementos, solicitó que sea declarado autor de peculado.

En cuanto a Poma Ovejero, sostuvo que obtuvo autorización para ingresar con el argumento de que únicamente quería observar la camioneta, ingresó a la oficina de guardia, obtuvo las llaves y posteriormente retiró el vehículo. La fiscal consideró que su intervención resultó indispensable para quebrar la custodia municipal y pidió que sea declarado partícipe necesario de peculado.

Respecto de Maldonado Blanque, señaló que llegó con Poma Ovejero al Canchón en un vehículo alquilado a su nombre y que, una vez retirada la Amarok, tomó su conducción. Para la fiscal, conocía que el vehículo permanecía bajo custodia municipal y su intervención fue necesaria para concretar la sustracción, por lo que solicitó que sea declarado partícipe necesario de peculado.

Al finalizar su alegato, la fiscal solicitó que Julio Conte sea declarado penalmente responsable como autor de peculado; Martín Miguel Poma Ovejero, como coautor de resistencia a la autoridad, autor de daño doblemente agravado, autor de dos hechos de falsificación de instrumento público, en concurso real, y partícipe necesario de peculado; Ramiro Mauricio Maldonado Blanque, como partícipe necesario de peculado; y César Eduardo Acosta, como coautor de resistencia a la autoridad.

Por su parte, las defensas de Maldonado Blanque, Acosta y Conte solicitaron que sus representados no sean declarados penalmente responsables. La defensa de Poma Ovejero realizó el mismo pedido respecto de los delitos atribuidos, con excepción de la sustracción de la camioneta, hecho que consideró debía ser calificado como hurto.

El juicio continuará mañana viernes con los alegatos de clausura correspondientes a las otras dos causas acumuladas, ambas seguidas contra Poma Ovejero.

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