Malvinas la inconsistencia legal: El anuncio del Gobierno sobre un esquema de sanciones para empresas que operen hidrocarburos en las Islas Malvinas ha sido presentado como un hito. Sin embargo, el marco jurídico que busca impedir la triangulación societaria ya tiene un antecedente directo en la actividad pesquera, vigente desde hace dieciocho años, cuya debilidad actual frente al nuevo régimen petrolero expone una inconsistencia que el Congreso debe corregir.
Malvinas la inconsistencia legal
Según publicó Ámbito, el nuevo régimen presentado por Javier Milei para que las personas que participen de la exploración o explotación petrolera sin autorización en las Islas Malvinas sean sancionadas ya existe como ley en 2008, cuando fue presentado específicamente para la pesca.
Un antecedente legislativo vigente
El principio jurídico que hoy impulsa el Ejecutivo, orientado a excluir del sistema argentino a quienes se beneficien de la explotación no autorizada en las Islas Malvinas, no es nuevo. En 2008, se sancionó la Ley 26.386, que incorporó el artículo 27 bis a la Ley Federal de Pesca. Este instrumento fue fruto de un trabajo técnico y político iniciado en 2006, con el objetivo de cerrar los mecanismos que permitían a empresas vinculadas a la pesca ilegal beneficiarse del sistema de cuotas nacional.
A diferencia de las medidas actuales, el artículo 27 bis sigue vigente sin modificaciones. Obliga a los titulares de permisos de captura a declarar bajo juramento la ausencia de vínculos económicos o societarios con armadores que operen sin autorización en aguas bajo jurisdicción argentina. La sanción prevista es la caducidad del permiso y la cuota, una herramienta que fue efectiva en su momento pero que hoy resulta limitada frente a la escala de los proyectos hidrocarburíferos.
La urgencia de una reforma integral
La disparidad entre ambos regímenes es evidente y problemática. Mientras que las sanciones para el sector petrolero incluyen inhabilitaciones de hasta veinte años y alcanzan a proveedores, financistas y accionistas, el esquema pesquero se limita a los titulares de cuotas. Ante esta situación, el canciller Pablo Quirno ha señalado la importancia de tratar ambos recursos como una unidad conceptual, y existen indicios de que el Gobierno evalúa incorporar la actividad pesquera a la nueva Ley de Defensa de la Soberanía Nacional.
El Congreso tiene la responsabilidad de corregir esta inconsistencia. En lugar de forzar interpretaciones administrativas sobre una ley pensada para otro contexto, el camino correcto es actualizar el propio artículo 27 bis: llevarlo al mismo nivel de severidad que hoy se aplica a los hidrocarburos, con inhabilitaciones reales y alcance expreso a proveedores, financistas y accionistas indirectos. Cualquier solución intermedia solo generará años de litigiosidad y una desigualdad de trato injustificable entre dos sectores expuestos al mismo riesgo geopolítico.
La experiencia demuestra que las políticas de soberanía sobre recursos naturales no se consolidan únicamente por decreto, sino mediante un trabajo parlamentario sostenido. La Argentina ya dio el primer paso con la pesca hace veinte años; ahora es momento de que el Congreso complete esa labor, otorgando al sector pesquero la misma protección y rigor legal que hoy se aplica al petróleo.
