El Gobierno nacional habilitó un plan de retiros voluntarios en la administración pública que comenzará el 1 de noviembre. Contempla compensaciones de hasta 20 salarios, adicionales según la antigüedad y restricciones para volver a trabajar en el Estado. Los detalles.
Retiros voluntarios en la administración
El plan de retiros voluntarios en la administración pública nacional comenzará a recibir solicitudes el 1 de noviembre de 2026 y estará destinado a trabajadores de organismos centralizados del Poder Ejecutivo. La iniciativa del Gobierno contempla compensaciones económicas diferenciadas según la edad, la antigüedad y la situación previsional de cada empleado. Según estimaciones oficiales, alrededor de 20.000 agentes estarían en condiciones de solicitar su adhesión.
El plazo de inscripción se extenderá hasta el 30 de noviembre, aunque las autoridades podrán prorrogarlo por única vez durante un máximo de 30 días corridos. La presentación de una solicitud no implicará su aprobación automática, ya que cada organismo deberá evaluar si la desvinculación resulta compatible con el funcionamiento de sus servicios.
La medida forma parte de la reorganización de las estructuras estatales impulsada por el Ejecutivo. Los cargos correspondientes a quienes accedan al beneficio serán eliminados y la reducción de personal no podrá utilizarse como fundamento para incorporar nuevos trabajadores.
Quiénes podrán acceder al retiro voluntario
El régimen estará disponible para empleados de planta permanente comprendidos en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y para trabajadores contratados por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo, siempre que pertenezcan a jurisdicciones y organismos alcanzados por la medida.
Quedarán excluidos determinados sectores, entre ellos las Fuerzas Armadas y de Seguridad, según las condiciones establecidas en la normativa; la Secretaría de Inteligencia de Estado; el Servicio Exterior; el personal civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; el Sistema Federal de Manejo del Fuego; las orquestas, coros y ballets nacionales; los docentes y quienes desempeñen servicios civiles en el exterior.
Tampoco podrán incorporarse quienes ya reúnan los requisitos jubilatorios, hayan iniciado trámites previsionales, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en situación de disponibilidad. La restricción incluirá a empleados con determinados procesos penales o disciplinarios pendientes y a quienes mantengan reclamos administrativos o judiciales vinculados con su relación laboral, salvo las excepciones previstas.
Cómo se calcularán las compensaciones económicas
El sistema dividirá a los trabajadores en tres grupos. Para determinar la categoría correspondiente se tomará la edad que cada empleado tenga al 31 de octubre de 2026, junto con sus aportes jubilatorios.
En todos los casos, el cálculo utilizará como referencia la remuneración bruta, normal, regular, habitual y permanente. La antigüedad computable incluirá los períodos trabajados en planta permanente o mediante contratos por tiempo indeterminado dentro de la Administración Pública Nacional.
Las compensaciones variarán según la proximidad a la jubilación. Algunos empleados podrán elegir entre pagos mensuales o una gratificación única, mientras que otros recibirán una suma calculada sobre los años de servicio, con límites específicos.
Grupo 1: trabajadores próximos a jubilarse sin aportes suficientes
Este grupo comprenderá a mujeres de 58 años o más y hombres desde los 63 años que todavía no cuenten con los aportes necesarios para obtener una jubilación ordinaria.
Podrán optar por una gratificación mensual equivalente al 60% del salario bruto habitual, durante un máximo de 36 meses o hasta completar los requisitos jubilatorios, si eso ocurre antes. Durante ese período se mantendrán los aportes personales a la obra social y al sistema previsional, junto con las contribuciones patronales correspondientes.
La segunda alternativa será recibir una gratificación única equivalente a un salario mensual por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses. El monto tendrá un límite de 18 remuneraciones y tampoco podrá superar el equivalente a los meses restantes para alcanzar los requisitos jubilatorios.
Grupo 2: empleados que ya tienen los aportes requeridos
La segunda categoría incluirá a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes previsionales.
Estos trabajadores recibirán una compensación equivalente a un salario mensual por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. También se aplicará el límite correspondiente a los meses restantes para alcanzar la edad jubilatoria.
Además, el régimen reconocerá un adicional de cinco salarios mensuales, que se abonará junto con la primera cuota de la compensación.
Grupo 3: trabajadores de menor edad
El tercer grupo estará integrado por mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años inclusive, independientemente de que se encuentren lejos de la edad jubilatoria.
La gratificación será equivalente a una remuneración mensual por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 salarios.
A esa suma se añadirá un adicional de cuatro remuneraciones para quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente. Los empleados con 15 años o más recibirán un adicional equivalente a cinco salarios.
Cómo se pagarán los retiros voluntarios
El Gobierno estableció que las gratificaciones únicas de hasta $20 millones se abonarán mediante un solo pago. Cuando la compensación supere ese monto, se dividirá en cuotas mensuales y consecutivas de hasta $20 millones, con un máximo de tres cuotas.
A los importes establecidos se sumará la liquidación final correspondiente a la finalización del vínculo laboral.
En el caso de los beneficiarios del Grupo 1 que hayan elegido pagos mensuales, si fallecen durante el período acordado, sus derechohabientes continuarán percibiendo las sumas correspondientes hasta completar el plazo previsto.
Cómo solicitar el beneficio y quién aprobará la adhesión
Los empleados interesados deberán presentar su solicitud durante el período habilitado, entre el 1 y el 30 de noviembre. La información proporcionada no especifica todavía una plataforma digital ni un formulario único para completar el trámite.
Una vez presentada la solicitud, las autoridades competentes de cada jurisdicción u organismo evaluarán su aceptación. Para resolver tendrán en cuenta las necesidades de continuidad, regularidad y eficacia de los servicios públicos.
Los empleados con mandato sindical vigente o postulados como candidatos a delegados deberán presentar la renuncia correspondiente, condicionada a la aprobación del retiro.
Qué pasará con quienes quieran volver a trabajar en el Estado
Una de las condiciones más importantes será la prohibición de reincorporarse al Sector Público Nacional durante ocho años, contados desde la fecha de baja.
La restricción comprenderá empleos públicos, cargos jerárquicos, asesorías, designaciones en representación estatal y contratos financiados por organismos internacionales para proyectos del sector público.
La única excepción expresamente contemplada será el desempeño de cargos docentes en universidades nacionales.
Si un beneficiario incumple esta condición, se suspenderá el pago de las cuotas pendientes y deberá devolver las sumas que correspondan.
De esta manera, el régimen combinará incentivos económicos para las desvinculaciones voluntarias con restricciones de reincorporación, mientras que la decisión definitiva sobre cada solicitud quedará en manos de las autoridades de los organismos nacionales.
