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El Gobierno reglamentó el nuevo esquema simplificado de Ganancias: plazos y requisitos clave

El Gobierno reglamentó el nuevo esquema simplificado de Ganancias: plazos y requisitos clave

Gobierno reglamentó el nuevo: El Gobierno nacional oficializó este viernes la reglamentación del esquema simplificado del Impuesto a las Ganancias, enmarcado en la Ley de Inocencia Fiscal. La medida, formalizada mediante el decreto 1253, busca incentivar la declaración de activos y establece nuevas pautas para los contribuyentes.

Gobierno reglamentó el nuevo

La normativa surge tras la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal.

Plazos de adhesiónRequisitos de residenciaBeneficios impositivosExclusiones para funcionarios

Nuevas condiciones y plazos de adhesión

La normativa establece que la residencia fiscal durante todo el período es un requisito obligatorio para acceder al beneficio. Aquellos contribuyentes que ya hubieran presentado su declaración jurada bajo el régimen general antes del 23 de octubre, tienen tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para rectificar su situación y adherirse al esquema simplificado.

Según explicó el especialista Sebastián Domínguez, el sistema de declaración jurada es precargado por el organismo recaudador, permitiendo al contribuyente revisar, modificar y confirmar los datos. Una vez completado el proceso, la constancia digital servirá como comprobante oficial de ingreso al régimen, el cual podrá ratificarse anualmente.

Cambios en la Ley de Inocencia Fiscal

La Ley de Inocencia Fiscal eliminó los topes de ingresos anuales y de patrimonio que anteriormente restringían el acceso al régimen. Además, se introdujo una reducción del 25% en las multas para personas humanas y pymes que opten por este esquema.

Uno de los ajustes más relevantes es la flexibilización del concepto de ‘discrepancia significativa’. Esta se configurará únicamente si se detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos impositivos superior al 15%, con un piso mínimo de 5 millones de pesos. Asimismo, la ley garantiza que, ante impugnaciones incorrectas, el organismo deberá reintegrar los montos abonados con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Cabe destacar que los funcionarios públicos que ocupen o hayan ocupado cargos en los cinco años previos a la adhesión quedan excluidos de manera total e incondicional de los beneficios y presunciones del régimen.

Con esta implementación, el Ejecutivo busca simplificar la carga administrativa para los contribuyentes, exceptuando de la obligación de informar bienes a quienes se adhieran, con la salvedad de los grandes contribuyentes nacionales y los funcionarios públicos.

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