Daniela Alejandra Aguilera: Una mujer fue sentenciada a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo tras comprobarse que utilizaba su domicilio en el barrio Solidaridad como punto de venta de estupefacientes. La investigación, que culminó con su condena, se originó a partir de una denuncia anónima recibida por el Ministerio Público Fiscal.
Daniela Alejandra Aguilera
Según informó Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público Fiscal, la causa se inició a partir de una denuncia anónima realizada a través de la web oficial de la institución.
Investigación y allanamiento
Las tareas de vigilancia, que incluyeron registros fotográficos y fílmicos, permitieron confirmar que la acusada realizaba intercambios de dinero por envoltorios con droga directamente desde una ventana de su vivienda. En varios casos, los compradores fueron demorados al retirarse del lugar, constatándose que portaban pasta base de cocaína.
Con las pruebas reunidas, la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad solicitó el allanamiento del inmueble, ejecutado el 17 de julio. Durante el operativo, los investigadores hallaron más de 400 dosis de cocaína y marihuana, además de elementos de corte, balanzas, tijeras y dinero en efectivo. Parte de la sustancia se encontraba oculta dentro de un mate y sobre platos preparados para su distribución.
Sentencia judicial
El fiscal penal Gustavo Torres Rubelt representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de revisión de la prisión preventiva. En dicha instancia, la defensa y la fiscalía arribaron a un acuerdo de juicio abreviado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El juez José Luis Riera homologó el acuerdo alcanzado, dictando una pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo para Daniela Alejandra Aguilera, quien se encontraba detenida en la Alcaidía General de la Ciudad.
La condena pone fin al proceso judicial iniciado tras la alerta ciudadana, confirmando la responsabilidad penal de la mujer en la comercialización de sustancias ilícitas en la zona.
