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¿Cómo hacer el trámite para no perder la Pensión por Discapacidad?

Según lo publicado en el Boletín Oficial, a algunos beneficiarios les llegarán cartas para verificar su situación, una forma para dar de bajas a pensiones irregulares o simplemente ajustar en el sector.

En los últimos días, se generó una polémica en el país por la posible pérdida de pensiones por discapacidad de algunos beneficiarios.

El Gobierno señaló que a algunos beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez laboral les llegará un “aviso para verificar su situación”.

En ese sentido, desde la Agencia Nacional de Discapacidad se les está solicitando a los beneficiarios que reciban la notificación en sus domicilios que presenten la documentación correspondiente para poder verificar la situación de cada pensionado en los que se registran incompatibilidades.

Entre las incompatibilidades que surgen de los cruces de información que la Agencia Nacional de Discapacidad realizó, se han encontrado personas que residirían en el extranjero y cobran la pensión por invalidez laboral.

Además, otras que no se han presentado a cobrar su pensión durante tres meses consecutivos, y también otros beneficiarios que tendrían trabajo registrado y/o recibirían otra prestación no contributiva por parte del Estado Nacional.

El paso a paso para realizar el trámite

Recibir una carta en tu domicilio que notifica acerca de la verificación de pensión no contributiva por invalidez laboral.

LLamar al 130, opción 2

Ir a la oficina de ANSES más cerca al domicilio con la documentación pedida en la llamada telefónica.

ANSES remitirá la información a la Agencia Nacional de Discapacidad.

Los beneficiarios que luego de recibida la notificación en sus domicilios tendrán 10 días hábiles para solicitar el turno a través del 130, opción 2, y que sólo a través de la ANSES podrán realizar el trámite.

El trámite se realiza a través de ANSES ya que este organismo cuenta con 379 bocas de atención en las provincias de todo el país, ampliando de esta forma la capacidad para recibir la documentación solicitada y simplificando el trámite para los beneficiarios que fueron notificados.

A continuación lo que dice el Decreto

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 268/2018

RESOL-2018-268-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2018

VISTO el expediente EX-2018-36044759-APN-DNAYAE#AND, el artículo 9º de la Ley Nº 13.478 y sus normas modificatorias, los Decretos N° 292/95, N° 1455/96, Nº 432/97, N° 355/02, N° 698/17 y N° 868/17, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 217/2018 de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, se aprobó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto n° 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez;

Que atendiendo a las condiciones establecidas por la ley 19.549 y su decreto reglamentario en materia de plazos establecidos a favor del administrado, como así también los principios de eficiencia, eficacia y economía en el diligenciamiento de los trámites que persigue esta Administración Nacional, se considera adecuado establecer un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, como así también tomar vista de las actuaciones;

Que respetando los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y predictibilidad en el diligenciamiento de los trámites que persigue esta Administración Nacional, corresponde la aprobación del circuito diseñado para la notificación de incompatibilidades, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez;

Que a los efectos de brindar la más efectiva y eficiente atención a los beneficiarios que fueren notificados, y atendiendo a la experiencia verificada a través de la colaboración instrumentada entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Administración Nacional de la Seguridad Social, como así también la infraestructura y despliegue territorial que posee la ANSES, se considera oportuno establecer que los beneficiarios notificados concurran a la UDAI (Unidad de Atención Integral) más cercana a su domicilio, previa concreción de turno mediante llamado al número 130;

Que corresponde plasmar lo considerado precedentemente, a través del dictado de un nuevo acto administrativo que deje sin efecto la Disposición N° 217/2018 previamente aludida;

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA ha tomado la intervención de su competencia, conforme lo dispuesto por el artículo 101 del Decreto N° 1344/07, sin encontrar objeciones que formular al acto administrativo que por la presente se aprueba;

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia;

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, conforme las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 25.506, los Decretos N° 292/95,

Nº 1455/96, Nº 432/97, N° 357/02 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N° 698/17 y N° 868/17.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1: Apruébese el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez, que como Anexo I (IF2018-37322889-APN-DNAYAE#AND) forma parte de la presente;

ARTICULO 2: Déjese sin efecto la Disposición N° 217/2018 de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, que será reemplazada por la presente RESOLUCIÓN.

ARTICULO 3: Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Santiago Ibarzábal

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/09/2018 N° 71151/18 v. 25/09/2018

Fecha de publicación 25/09/2018

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