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La Justicia puso un límite a la duración de los procesos penales contra menores

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Prescripción penal: La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dictaminó que los procesos judiciales contra menores de edad no pueden prolongarse indefinidamente, confirmando el sobreseimiento por prescripción en un caso de homicidio que se extendió durante casi dos décadas.

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Según publicó Minuto Uno, la decisión judicial pone un freno a la extensión de los plazos procesales.

Un proceso judicial de casi 20 años

El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 8 de enero de 2007, cuando un adolescente de 16 años fue señalado por la muerte de otro joven de 15 años mediante una herida de arma blanca. Tras un largo recorrido judicial que incluyó diversas sentencias, absoluciones y revisiones, el expediente llegó a instancias de Casación.

En abril de 2026, el Tribunal Oral declaró extinguida la acción penal al considerar que habían transcurrido los 12 años previstos por la ley desde la condena de 2013 sin que existiera un acto válido que interrumpiera el plazo. Tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella apelaron, argumentando que una revisión de la pena realizada en 2022 debía considerarse un nuevo acto interruptivo.

El fallo de la Cámara y la interpretación legal

La mayoría de la Sala, integrada por Mariano Hernán Borinsky y Guillermo Yacobucci, rechazó los recursos y ratificó el sobreseimiento. Borinsky sostuvo que las decisiones posteriores de los tribunales que revisan una condena no pueden ser consideradas automáticamente nuevas sentencias condenatorias, ya que esto implicaría reiniciar el plazo de prescripción ante cada examen de mérito, algo que carece de respaldo en el Código Penal.

El magistrado enfatizó que el régimen penal juvenil exige una especial atención a las garantías del adolescente y que el principio de legalidad obliga a interpretar restrictivamente las causales de interrupción. En este sentido, se citaron precedentes de la Corte Suprema como 'Farina', 'López' e 'Ilarraz' para fundamentar que el derecho de las víctimas no permite apartarse de los límites legales establecidos.

La disidencia sobre los derechos de las víctimas

El juez Gustavo Hornos votó en disidencia, argumentando que el proceso debía continuar. Para el magistrado, la sentencia de 2022 tuvo un contenido propio al evaluar específicamente la necesidad de imponer una pena bajo el régimen penal juvenil, por lo que sí tenía capacidad para interrumpir la prescripción.

Hornos puso el foco en la situación de la madre de la víctima, quien aguardaba una respuesta judicial desde hace casi dos décadas. El juez reflexionó sobre la función de la Justicia, señalando que el Derecho debe prevalecer siempre, incluso cuando el proceso se extiende en el tiempo.

Con la mayoría conformada por Borinsky y Yacobucci, la Justicia cerró definitivamente la causa, sentando un precedente sobre los límites temporales en la persecución penal de hechos cometidos por menores.

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