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Córdoba: la Justicia anuló la perpetua de Paola Ortiz por la muerte de su beba y ordenó liberarla tras casi 14 años presa

Córdoba: la Justicia anuló la perpetua de Paola Ortiz por la muerte de su beba y ordenó liberarla tras casi 14 años presa

Córdoba la Justicia anuló: Los jueces no absolvieron a la mujer, pero valoraron el contexto de vulnerabilidad en el que vivía.

Córdoba la Justicia anuló

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió este martes dejar sin efecto la prisión perpetua impuesta en 2015 a Paola Verónica Ortiz por la muerte de su hija recién nacida y fijarle una pena de 13 años, 9 meses y 26 días, equivalente al tiempo que ya llevaba detenida.

El máximo tribunal provincial ordenó su inmediata liberación y remitió las actuaciones, con carácter urgente, a la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María para que se efectivice la medida.

Ortiz, de 29 años al momento de los hechos, había sido condenada por homicidio calificado por el vínculo. El episodio ocurrió el 31 de octubre de 2012 en Villa Nueva, en el departamento de General San Martín.

Según aquella sentencia, la Cámara consideró acreditado que la beba nació con vida y que la mujer no cortó el cordón umbilical ni buscó asistencia médica . La causa había llegado a juicio como abandono de persona seguido de muerte, pero durante el debate se modificó la calificación y se aplicó la pena máxima.

El fallo firmado por los jueces Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati no absolvió a Ortiz. La declaró responsable del mismo delito, aunque mediando circunstancias extraordinarias de atenuación.

Por unanimidad, el tribunal entendió que la condena de 2015 se dictó sin valorar el contexto de pobreza, violencia, precariedad habitacional y aislamiento social que atravesaba la imputada . Por mayoría, en cambio, rechazó un nuevo informe médico presentado por la defensa: consideró que no era un elemento de prueba novedoso, sino una reinterpretación de pericias ya analizadas en el juicio.

La revisión llegó después de un recurso presentado el 22 de abril de 2024 por las abogadas Julia Alejandra Luna y Rocío Pilar García Garro, de la Guardia de Abogadas Feministas de Católicas por el Derecho a Decidir, que tomaron la causa a fines de 2022.

El planteo se sostuvo en dos ejes: la incorporación de aquel informe obstétrico y la exigencia de juzgar con los estándares de perspectiva de género que el propio tribunal desarrolló en fallos posteriores.

En 2012, Ortiz era madre de tres hijos, no había completado la escuela primaria, no tenía empleo formal y vivía en una habitación prestada . Pericias de la época describieron una personalidad frágil e inmadura y un estado que, según esas evaluaciones, le impedía dimensionar racionalmente el peligro durante el parto . Cumplió la mayor parte de la detención en el penal de Bouwer.

Horas después de conocida la sentencia, las defensoras viajaron a Bouwer para comunicarle la decisión. García Garro subrayó que lo central era la libertad inmediata de una persona que estaba condenada a perpetua. Luna, por su parte, interpretó el fallo como un avance también para otras mujeres juzgadas por emergencias obstétricas.

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