El Gobierno de Salta, a través del Ministerio de Salud Pública, ratificó la exoneración de la obstetra Vanesa Analía Achával, quien fue apartada de su cargo por su responsabilidad administrativa en el traumático nacimiento de un bebé en el piso del Hospital Papa Francisco.
Vanesa Analía Achával
Según publicó Nuevo Diario de Salta, la medida fue confirmada tras el rechazo de un recurso de reconsideración.
La ratificación de la sanción
La decisión fue formalizada mediante la Resolución Delegada N.º 848D, la cual desestimó el planteo presentado por la profesional contra el Decreto N.º 779/2025. Con este acto administrativo, el Ministerio de Salud Pública, bajo la gestión de Federico Mangione, dio por agotada la vía administrativa, dejando firme la desvinculación de la médica del sistema público.
Según los fundamentos del expediente, la cartera sanitaria concluyó que existió una responsabilidad directa y principal de la obstetra en la falta de asistencia adecuada durante el parto. La resolución se basó en las pruebas reunidas durante el sumario, incluyendo declaraciones, documentación interna y el dictamen legal del Hospital Papa Francisco.
El grave antecedente del nacimiento en el piso
El hecho ocurrió el 19 de enero de 2023, cuando Fernanda Lucrecia Romero ingresó al Hospital Papa Francisco en pleno trabajo de parto. Según los antecedentes del caso, la mujer no recibió la atención profesional oportuna, lo que derivó en que el bebé naciera directamente en el piso, a la vista de los presentes en el sector de ingreso.
La situación tomó estado público tras la viralización de videos que registraron el momento. El recién nacido sufrió lesiones de gravedad que obligaron a una intervención quirúrgica de urgencia, desatando un fuerte cuestionamiento sobre el cumplimiento de los protocolos de atención y la violencia obstétrica en el sistema de salud.
Fundamentos legales de la medida
Para sostener la exoneración, el Ministerio de Salud Pública argumentó que la conducta de la profesional vulneró normativas fundamentales, entre ellas la Ley Nacional N.º 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, que tipifica la violencia obstétrica, y la Ley N.º 25.929 de Parto Humanizado.
La resolución enfatizó que el accionar de la médica contravino las garantías de un trato digno y respetuoso que deben regir en todo el proceso de gestación y parto, sentando un precedente administrativo sobre la responsabilidad de los profesionales en el ámbito público.
Con esta resolución, el Poder Ejecutivo provincial cierra la instancia administrativa, confirmando que la obstetra no continuará prestando servicios en el sistema de salud pública de Salta.
