Régimen Penal Juvenil: El Ministerio Público Fiscal de Salta oficializó un nuevo esquema de actuación para abordar causas penales que involucren a adolescentes de entre 14 y 18 años. La medida, impulsada por el procurador general Pedro García Castiella, busca estandarizar las respuestas judiciales bajo los principios de especialidad y protección integral.
Régimen Penal Juvenil
Según informó Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público Fiscal, la normativa fue aprobada mediante la Resolución N.º 1767.
Criterios de intervención y niveles de respuesta
El protocolo, adaptado a la Ley Nacional N.º 27.801, establece que la persecución penal no debe ser automática. Los fiscales deberán evaluar cada caso según la edad, el grado de madurez y la gravedad del hecho. Para ello, se definieron tres niveles de intensidad: baja, intermedia y prioritaria, orientando la aplicación de soluciones alternativas o mecanismos restaurativos en los casos de menor relevancia.
Respecto a las edades, el documento es claro: los menores de 14 años quedan excluidos del régimen penal, aunque la Justicia podrá continuar investigando para esclarecer los hechos y proteger a las víctimas. Para los adolescentes de entre 14 y 16 años, se exige un criterio restrictivo, priorizando la desjudicialización, mientras que para los mayores de 16 se aplican los principios de especialidad sin equiparar su responsabilidad a la de un adulto.
Foco en la criminalidad organizada y protección de víctimas
Uno de los ejes centrales es la persecución de adultos u organizaciones criminales que utilicen a adolescentes para delinquir. Los fiscales tienen la instrucción de profundizar la investigación sobre quienes instigan o captan a menores, evitando que la responsabilidad recaiga únicamente en el adolescente.
Asimismo, el nuevo modelo refuerza la tutela de los derechos de las víctimas. Se exige a los funcionarios judiciales garantizar su participación y protección durante el proceso, evitando cualquier situación de revictimización y ponderando el daño causado al definir la estrategia de investigación.
La libertad como medida excepcional
El protocolo subraya que la privación de libertad debe ser el último recurso. Su aplicación solo será procedente cuando resulte necesaria, idónea y proporcional, debiendo el fiscal fundamentar exhaustivamente por qué no existen medidas menos restrictivas. Esta excepcionalidad también se extiende a la etapa de sanción, donde se requiere una justificación reforzada sobre la culpabilidad concreta del adolescente.
Para garantizar la aplicación uniforme en toda la Provincia, la Procuración General también aprobó una Guía Operativa que orientará a fiscales y funcionarios en cada distrito judicial, asegurando que el sistema penal juvenil responda de manera diferenciada y eficaz ante las diversas realidades que llegan a la Justicia.
