A partir de gestiones de la Provincia, las organizaciones podrán cumplir con sus obligaciones anuales sin tener que presentar balances complejos.
A través de gestiones realizadas por la Subsecretaría de Inspección General de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, se logró la publicación de la resolución 2026-5867-E, en conjunto con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El objetivo de esta resolución es simplificar las obligaciones contables de organizaciones civiles, fundaciones y simples asociaciones que se encuentren en la Categoria I, las de menor nivel de actividad, según la Inspección General de Personas Jurídicas. De esta manera podrán cumplir con sus obligaciones contables anuales sin tener que presentar balances complejos, siempre que sean de Categoría I, es decir, entidades con bajos ingresos y que estén fiscalizadas por la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ).
Se trata de un régimen simplificado y opcional y las entidades deberán informar a la Subsecretaría su adhesión a la misma.
Antes, las organizaciones debían presentar estados contables más completos y costosos para las mismas, a través del nuevo régimen podrán presentar el estado de recursos y gastos de una manera más simple.
Este documento será válido tanto para la IGPJ como el ARCA, permitiendo mantener beneficios como la exención del impuesto a las ganancias.
Al respecto, el ministro de Gobierno y Justicia, Ignacio Jarsún manifestó que “se viene trabajando hace mucho tiempo para avanzar en esta gestión y ser Salta una de las primeras provincias en sumarse a este beneficio que es tan importante para todas las asociaciones civiles”.
Por su parte, Cecilia Cancinos , subsecretaria de Inspección General de Personas Jurídicas informó que se trata de una buena noticia, ya que esta resolución va a facilitar la regularización de muchas asociaciónes que no podían presentar sus obligaciones contables.
Esta resolución rige para todas las asociaciones que hayan iniciado los ejercicios económicos desde el 1 de enero de 2025. Aquellas entidades que tengan balances atrasados podrán regularizar su situación con este nuevo formato hasta el 31 de diciembre de 2026.
